La Cámara Eólica Argentina, representada por su presidente, René Vaca Guzmán, ha elevado un pedido a la Secretaría de Energía de la Nación ante la urgente necesidad de resolver la situación en la que se encuentran las empresas de energía eólica afectadas por la tasa municipal que busca imponer la ciudad de Puerto Madryn.

En diciembre de 2019, los parques eólicos que habían iniciado la etapa de construcción, y en algunos casos incluso la etapa de operación comercial, pasaron a quedar comprendidos en el territorio del Municipio de Puerto Madryn a raíz de la extensión del ejido municipal.

En ese marco el Concejo Deliberante de Puerto Madryn introdujo un régimen tributario especial para los parques eólicos radicados en forma sobreviniente en las afueras de la ciudad, iniciando así un “avance jurisdiccional ilegítimo por parte de los municipios, en franca vulneración de la legislación nacional”, en palabras del presidente de la CEA.

Este avance inicial derivó en que recientemente, con vigencia a partir de enero de 2021, se incorporara una nueva norma específica para parques eólicos, en virtud de la cual la tasa debe calcularse teniendo en cuenta la remuneración de la energía entregada conjuntamente con la cantidad y potencia de los aerogeneradores de cada parque.

La decisión del Municipio se ve actualmente agravada ya que adopta a la cantidad y potencia de aerogeneradores como componentes de la base de cálculo de la tasa. Sin embargo, el municipio carece manifiestamente de potestades de revisión sobre esas instalaciones; y la base de cálculo -cantidad y potencia de aerogeneradores y componentes- no guarda relación alguna con la extensión de los supuestos servicios que pretende adjudicarse la Municipalidad. Adicionalmente, todo esto conduce a una desproporción de montos resultantes de esa nueva base de medición.

Cabe aclarar que se avanza sobre los proveedores de tecnología, estableciéndose una pretensión de cobro en base a la facturación de los generadores que no tiene antecedentes a nivel mundial.

La promoción de la generación de energía a partir de fuentes renovables y su protección mediante el establecimiento de distintas medidas impositivas de fomento, constituye una política del Estado a nivel federal que tiene como norte ampliar la participación de las energías limpias en la matriz energética nacional. A la luz de esas normas, la Tasa resulta inaceptable en tanto no tiende a retribuir un servicio que la Municipalidad tenga la facultad legal ni técnica de prestar efectivamente con relación a la actividad e instalaciones afectadas a la generación de energía eólica, y por tanto representa una medida que contraviene expresas prohibiciones establecidas por el legislador nacional, que interfiere con la política energética federal, y que invade un ámbito de competencias exclusivo de las autoridades nacionales”, sostiene René Vaca Guzmán.

De esta manera, la Cámara Eólica Argentina continúa elevando reclamos y llamando a un encuentro que permita dar solución a este hecho.

Acerca de CEA: La Cámara Eólica Argentina (CEA) es una asociación civil que nace con el fin de favorecer el desarrollo y potenciación del sector eólico argentino. A través de una comunicación efectiva y su participación en los procesos de toma de decisiones políticas, la CEA busca facilitar políticas e iniciativas nacionales e internaciones que fortalezcan el desarrollo de los mercados, la infraestructura y la tecnología argentina y mundial de la energía eólica. https://camaraeolicaargentina.com.ar/   Fuente: El Chubut