La Prefectura Naval Argentina recomienda extremar las precauciones al navegar sobre el río Paraná, debido a la bajante pronunciada y sostenida que experimenta el río. En las últimas semanas el río Paraná estuvo próximo a alcanzar niveles mínimos históricos y la navegación de los buques de porte que transitan por esa vía navegable, incluyendo los tramos de los ríos Paraná Bravo, Paraná Guazú, Paraná de las Palmas y Pasaje Talavera, presenta dificultades.

Ante tal situación, la Prefectura Naval Argentina alerta a los capitanes de buques y prácticos sobre los potenciales riesgos que representa el fenómeno de estiaje del río para la seguridad de la navegación, la protección ambiental, la eficacia del tráfico de buques e integridad operativa de la vía de navegación.

Se advierte sobre los efectos adversos que el desplazamiento puede llegar a producir sobre las costas, donde se emplazan instalaciones fijas, como es el caso de terminales e infraestructuras portuarias, amarraderos de barcazas, zonas habilitadas para esparcimiento, edificaciones isleñas o embarcaciones amarradas, maniobrando o en operaciones de alijo en las proximidades de los muelles.

Por este motivo, se recomienda extremar la observancia de los parámetros de seguridad fijados en la Ordenanza N° 04/18 (DPSN) “Normas particulares de seguridad de la navegación para las áreas fluviales y marítimas de jurisdicción nacional”, que en su Agregado N° 2 prevé medidas especiales dondeLos buques navegarán con precaución, reduciendo la velocidad a la mínima de maniobra compatible con su buen gobierno, siempre que haya otros buques o embarcaciones amarradas, maniobrando o en operaciones de alijo, en las proximidades de los muelles, terminales portuarias o tramos del río que así lo requieran”.

Asimismo, se recuerda que el Régimen de la Navegación Marítima, Fluvial y Lacustre (REGINAVE), establece la prohibición a todo buque de navegar a velocidades tales que puedan producir situaciones peligrosas (sea a los buques, artefactos navales o embarcaciones que naveguen en las proximidades o que se hallen amarrados o fondeados), o que superen las máximas fijadas por esta Autoridad Marítima. Fuente: PNA