A partir del 1 de enero de 2026, los buques que transporten contenedores deberán notificar de manera obligatoria la pérdida o el avistamiento de contenedores en el mar, conforme a las nuevas disposiciones incorporadas al Capítulo V (Seguridad de la Navegación) del Convenio SOLAS.


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La medida, adoptada por la Organización Marítima Internacional (OMI) mediante la Resolución MSC.550(108), apunta a mejorar la seguridad de la navegación y reducir los impactos ambientales asociados a la pérdida de carga, en un contexto de creciente complejidad operativa del transporte marítimo internacional.

Las nuevas obligaciones alcanzan tanto a los buques que pierdan contenedores durante la navegación como a aquellos que detecten contenedores a la deriva, aun cuando no sean responsables del incidente. En ambos casos, los capitanes deberán emitir un aviso inmediato para alertar a otras embarcaciones, a las autoridades costeras competentes y al Estado de abanderamiento.


Un marco regulatorio que responde a cambios en las rutas marítimas

La decisión de reforzar el sistema de reporte se apoya en la evolución reciente de los incidentes. Según el informe Containers Lost at Sea del World Shipping Council, durante 2024 se registró la pérdida de 576 contenedores a nivel global, un aumento respecto del período anterior.

Ese año estuvo marcado por una reconfiguración excepcional de las rutas marítimas, con un incremento del 191% en los tránsitos alrededor del Cabo de Buena Esperanza, producto del desvío de buques que evitaron el Mar Rojo. Esta situación expuso a las embarcaciones a condiciones meteorológicas y marítimas más exigentes. La Autoridad Marítima de Seguridad de Sudáfrica reportó cerca de 200 contenedores perdidos en esa zona, lo que representó aproximadamente el 35% del total anual, un fenómeno que no se repitió en 2025.



Qué información deberán reportar los buques

Las disposiciones establecen que, en la medida en que la información esté disponible, el reporte deberá incluir:

  • Identificación del buque
  • Posición geográfica del suceso o avistamiento
  • Fecha y hora
  • Número de contenedores involucrados
  • Descripción del tipo y tamaño de los contenedores
  • Indicación de si transportan cargas peligrosas, con los números ONU correspondientes


La Circular OMI CCC.1/Circ.7 acompaña esta normativa con un formato de notificación estandarizado y enlaces a formularios provisorios para que los Estados miembros canalicen los reportes hacia el organismo internacional.

El marco reconoce que, al momento del primer aviso, no siempre es posible contar con todos los datos, por lo que se prevé la emisión de reportes complementarios. Asimismo, cuando sea seguro y factible, el buque afectado deberá realizar una inspección detallada para confirmar la información. En los casos en que la nave sea abandonada o no pueda informar, la empresa armadora asumirá las obligaciones de notificación en la mayor medida posible.


Prevención y análisis de causas

En paralelo a las nuevas exigencias de reporte, la industria marítima continúa trabajando en la prevención de la pérdida de contenedores. El International Group of P&I Clubs participa activamente en el Proyecto TopTier, liderado por el Maritime Research Institute of the Netherlands (MARIN) desde 2021.

El proyecto reunió a más de 40 actores del sector y analizó las principales causas de estos incidentes. El informe final, presentado ante la OMI en septiembre, identifica como factores críticos los aspectos operativos, las condiciones del mar, los procesos de carga y estiba, los elementos estructurales de los buques y los programas de inspección y mantenimiento.

Con esta actualización normativa, la OMI refuerza un enfoque basado en la notificación temprana, la trazabilidad de los incidentes y la gestión del riesgo, en un escenario donde las decisiones logísticas y geopolíticas inciden de manera directa sobre la seguridad de la navegación y la protección del medio marino.

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