Se realizó el Seminario Internacional OMA “Despachantes de Aduana: Pioneros en la facilitación del comercio exterior”  en el Centro Despachantes de Aduana de la República Argentina (CDA)

Por Irene Ascoli y
Diego Bercholc

En el marco del Seminario Internacional OMA (Organización Mundial de Aduanas) “Despachantes de Aduana: Pioneros en la facilitación del comercio exterior” organizado por el Centro de Despachantes de Aduana de la República Argentina (CDA), se realizó la presentación oficial de la Declaración de Santiago de Chile – ASAPRA Guía de Actuación para los Agentes Profesionales de Aduana en acciones relacionadas con el Riesgo, Vigilancia y Control de mercancías y el Servicio Aduanero – Convenio de Kyoto Revisado de la Organización Mundial de Aduanas. 

La apertura del evento estuvo a cargo del Presidente del CDA, Gerardo Pardal, y el Presidente de la Asociación Internacional de Profesionales de Aduanas (ASAPRA), el Lic. Nelson Brens, quienes destacaron la importancia de contar con un cuerpo profesional e idóneo como los despachantes de aduana para la gestión y asesoramiento en materia de comercio internacional.

El primer panel estuvo a cargo del Oficial Técnico de la OMA Phuntsho Dorji, quien expuso sobre el Convenio de Kyoto, procedimientos para la facilitación del comercio, las relaciones de las Aduanas con terceros y las directrices de la OMA para los Agentes de Aduanas.

La moderadora de este primer panel fue la Vicepresidenta del CDA, Andrea F. Coscarello, quien más tarde cuestionó las modificaciones al Código Aduanero aprobadas mediante el DNU 70/2023, las cuales afirmó, los tomaron por sorpresa ya que no existieron instancias de diálogo previas con el gobierno donde se consultara al sector afectado.

El segundo panel estuvo a cargo del Dr. Ricardo Basaldúa, quien fue Corredactor del Código Aduanero Argentino y Delegado argentino ante el Comité Técnico Permanente del Consejo de Cooperación Aduanera desde 1971 hasta 1992. Basaldúa destacó la figura del despachante de aduana y la importancia de su requisito de idoneidad como aspecto indispensable para el comercio exterior, dado que no solo se trata de facilitar el comercio sino de velar por la seguridad de las transacciones internacionales.

Posteriormente expuso el Dr. Guillermo Vidal Albarracín, quien también fue Corredactor del Código Aduanero y Asesor del CDA. El experto se expidió sobre la Declaración de ASAPRA de Santiago de Chile, pero también aprovechó para cuestionar duramente el DNU 70/23, sobre el que actualmente tramita una acción de amparo con una medida cautelar solicitando su suspensión.

Vidal Albarracín señaló que el decreto “se redactó desde un gran desconocimiento del despachante de aduana”, dado que se confunde la figura del despachante con un mero gestor. Al respecto, subrayó que los despachantes son verdaderos asesores en materia de comercio internacional, dado que son formalmente auxiliares del servicio aduanero y auxiliares del comercio, al tiempo que son sujetos obligados ante la UIF. 

En los paneles posteriores expusieron el Dr. Joe Henry Thompson Arguello, Asesor Jurídico De ASAPRA y Representante de la Cámara de Agentes Aduaneros, Almacenadores y Embarcadores de Nicaragua, el Lic. Jaime King Cancino, Presidente Grupo Consultivo del Sector Privado Organización Mundial de Aduanas, y finalmente el Lic. Alfonso Rojas González de Castilla, Presidente del Grupo Regional del Sector Privado de las Américas y el Caribe – OMA. El moderador de estos paneles fue Oscar Dhers, Asesor del CDA y Consejero de la Institución ante ASAPRA.

Sobre el final del evento, el Presidente del CDA, Gerardo Pardal, afirmó que la profesión del despachante de aduana, históricamente subestimada, contribuye hace más de 112 años a la eficiencia y la seguridad del comercio internacional, tan importante para nuestro país.

La presentación de la Guía de Actuación para los Agentes Profesionales de Aduana es un reflejo de la importancia de los despachantes de aduana en el comercio exterior, dado que se trata de profesionales altamente capacitados que a su vez ejercen como agentes de control y son piezas clave del proceso aduanero. Los despachantes tienen la obligación legal de estar en constante actualización y conocimiento de las últimas novedades normativas, no solo porque son auxiliares formales del servicio aduanero y del comercio y por ende susceptibles de sanciones, sino porque procuran ofrecer el mejor servicio a sus clientes y a la autoridad fiscal.

En un momento en el que la reforma del Código Aduanero prevista por el DNU 70/23 y la competencia desleal plantean desafíos significativos, como la aparición de los couriers y la integración vertical por parte de las agencias marítimas, la idoneidad y conocimiento técnico de los despachantes de aduana son probablemente más importantes que nunca para garantizar la eficiencia, la licitud, la seguridad, la trazabilidad y la justicia en el comercio internacional.

En este sentido, la eliminación del requisito de acudir a despachantes registrados y demás reformas, son percibidas por el sector como desconectadas de la realidad del comercio exterior, mientras que se subraya la necesidad de una regulación con reglas claras, duraderas y confiables que equilibre la facilitación del comercio con la seguridad de las transacciones internacionales.