El Consejo Portuario Argentino cuestionó la resolución de ANPyN, advirtió una “manipulación de las instituciones” y remarcó que la Ley 24.093 sostiene la transferencia de los puertos a las provincias.
Por GlobalPorts
El Consejo Portuario Argentino (CPA) expresó su repudio a la decisión del Gobierno nacional de avanzar con la intervención del Puerto de Ushuaia, al considerar que se trata de un “avasallamiento” que vulnera la institucionalidad del sistema portuario argentino y reabre una discusión de fondo sobre el alcance real de la descentralización que instauró la Ley 24.093.
El pronunciamiento fue difundido luego de que la Agencia Nacional de Puertos y Navegación (ANPyN) dispusiera una intervención administrativa por el plazo de 12 meses, con impacto sobre la gestión operativa, técnica y administrativa en materia de infraestructura portuaria. La medida quedó formalizada en la Resolución 4/2026, publicada en el Boletín Oficial.
En el comunicado, el CPA manifestó su preocupación por lo que interpreta como un nuevo avance del poder central sobre competencias provinciales: “Nos preocupa enormemente este avasallamiento que representa otro episodio del avance del poder central federal sobre el territorio provincial, a partir de una manipulación lisa y llana de las instituciones”.
Según el Consejo, resulta “inverosímil” que un organismo nacional “de nivel inferior” dicte una resolución en contra del sistema portuario establecido desde 1992: “Resulta inverosímil que ante supuestas irregularidades, nunca demostradas, un ente nacional de nivel inferior (ANPYN) dicte una resolución que vaya en contra del sistema portuario instituido en el año 1992 a través de la ley nacional 24.093, la cual está plenamente vigente”.
Ley 24.093 y la transferencia de los puertos a las provincias
El CPA remarcó que el marco normativo vigente se fundó en una lógica de descentralización: “En esa inteligencia fue que se aprobó la nueva sistemática portuaria a nivel nacional, la que con base en la indicada ley 24.093 dispuso la ‘des-federalización’ de los puertos y su transferencia a los Estados Autonómicos Provinciales”.
En ese sentido, cuestionó que la intervención sea aplicada sobre un ente que no depende de la administración nacional. “La Dirección Provincial de Puertos de Ushuaia es un ente que depende del sector público de dicha provincia, razón por la cual el único sujeto con competencia constitucional para actuar de una manera semejante es la Provincia titular del puerto”, sostuvo el Consejo.
El comunicado también expresó expectativa respecto de las acciones que pueda impulsar la provincia de Tierra del Fuego para recuperar el control pleno del puerto: “Confiamos en que los procesos administrativos y judiciales que la provincia de Tierra del Fuego seguramente encarará permitirán recomponer la situación y devolver su patrimonio a la provincia”.
Cruceros, negocio y un punto estratégico del Atlántico Sur
Más allá del debate jurídico, el CPA puso el foco en el valor económico del puerto. “No nos es ajena la apetencia comercial que puede significar este puerto público que opera más de 500 cruceros por año entre otras actividades”, advirtió, al tiempo que vinculó el tema con la dimensión geopolítica: “Tampoco la importancia geopolítica y estratégica que tiene por su presencia en el extremo sur de nuestros mares y su cercanía con el Continente Antártico”.
En un tramo de fuerte contenido político, el CPA sostuvo que el escenario internacional agrega presión a la situación, al mencionar una supuesta alineación del Gobierno nacional con actores globales: “En momentos en que el gobierno nacional muestra total sumisión al poder global de la OTAN y Estados Unidos de Norteamérica”.
Finalmente, el Consejo expresó su apoyo a los trabajadores del sistema portuario fueguino: “Expresamos nuestra solidaridad con los trabajadores que ven peligrar su actividad y el pueblo de la provincia de Tierra del Fuego”.
La intervención dispuesta por ANPyN se enmarca en una resolución que, además, fija la suspensión de la habilitación del puerto por 12 meses, aunque con ejecución diferida en función del impacto que podría tener sobre la operatoria en plena temporada de cruceros 2025/2026.
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