A un mes de la intervención dispuesta por la Agencia Nacional de Puertos y Navegación (ANPyN), el conflicto por la administración del Puerto de Ushuaia escaló a la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Nación invoca seguridad e inversiones; la Provincia denuncia un avasallamiento a su autonomía. En el centro del debate: la gobernanza portuaria y el control de una recaudación estratégica.
Por GlobalPorts
Intervención del Puerto de Ushuaia: un enclave estratégico en disputa
La intervención del Puerto de Ushuaia fue formalizada el 20 de enero mediante la Resolución 4/2026 de la ANPyN, organismo dependiente del Ministerio de Economía. La medida dispuso una intervención administrativa, técnica y operativa por 12 meses, prorrogables, y supuso el desplazamiento del esquema habitual de la Dirección Provincial de Puertos (DPP).
No se trata de un puerto más. Ushuaia es nodo logístico antártico, puerta de ingreso de cruceros internacionales y punto crítico para el abastecimiento de la provincia y su industria electrónica. Por eso, la discusión trasciende la coyuntura: involucra el control institucional de un activo económico clave.
Los fundamentos nacionales de la intervención del Puerto de Ushuaia
La ANPyN fundamentó la intervención en una auditoría de octubre de 2025 que habría detectado deficiencias estructurales y bajo nivel de ejecución de obras. Además, sostuvo que la Provincia habría vulnerado el convenio de transferencia firmado en 1992.
El detonante político-financiero fue la Ley provincial 1.596, sancionada en 2025, que autorizó el uso de fondos portuarios para asistir a la Obra Social del Estado Fueguino (OSEF) y otorgar préstamos por 4.200 millones de pesos al Ejecutivo provincial.
Para Nación, estos movimientos desnaturalizarían la obligación de mantener los ingresos portuarios con afectación específica y contabilidad separada.
La respuesta de Melella: autonomía provincial y federalismo
El gobernador Gustavo Melella reaccionó judicialmente ante la intervención del Puerto de Ushuaia, presentando una acción declarativa de inconstitucionalidad.
En declaraciones públicas calificó la medida como un “acto irresponsable” y denunció un “avasallamiento” de las competencias provinciales. La estrategia procesal fue clara: acelerar la radicación del expediente ante la Corte Suprema luego de que el juez federal de Ushuaia se declarara incompetente.
Para la Provincia, el conflicto no es técnico sino institucional: la intervención altera el equilibrio federal y desconoce la autonomía en la administración de un recurso propio.

Murcia: “Vinieron a apropiarse de los recursos”
Desde la desplazada conducción de la DPP, su presidente Roberto Murcia puso el foco en la cuestión financiera.
En declaraciones al medio TiempoSur afirmó: “No me queda ninguna duda que si la primera medida que tomaron fue quedarse con los recursos, vinieron a eso, apropiarse de los recursos”.
Murcia sostuvo además que, en términos operativos, la intervención del Puerto de Ushuaia no produjo cambios sustanciales: “La actividad del muelle sigue igual a como estaba anteriormente y se venía desarrollando”.
Y agregó una definición que sintetiza el núcleo del conflicto: “La única diferencia es que los recursos ahora van a una cuenta nacional y no a la Provincia”.
Según el funcionario, el debate no radica en la seguridad ni en la operatoria cotidiana —que continúa con normalidad en plena temporada alta— sino en el control de la recaudación portuaria.
La Corte Suprema ante la intervención del Puerto de Ushuaia
Con el expediente ya ingresado en la Corte Suprema, el futuro institucional del puerto depende de una definición judicial que podría:
- Ratificar la intervención nacional.
- Restituir la administración plena a la Provincia.
- Establecer condiciones o límites al alcance de la medida.
Mientras tanto, la operatoria continúa. Los cruceros siguen arribando. La carga se moviliza. El engranaje logístico no se detuvo. La incertidumbre no es operativa, sino institucional.
¿Qué está en juego con la intervención del Puerto de Ushuaia?
- El control de una recaudación anual cercana a 22.000 millones de pesos.
- La afectación específica de los fondos portuarios.
- El alcance de la autonomía provincial en materia portuaria.
- El precedente institucional para otros puertos del país.
En términos técnicos, la discusión gira en torno a la gobernanza: quién administra, bajo qué reglas y con qué mecanismos de control y transparencia.
Federalismo portuario: el precedente que puede marcar la Corte
La intervención del Puerto de Ushuaia expone una tensión estructural del sistema portuario argentino: la coexistencia entre transferencias provinciales y potestades regulatorias nacionales.
Si la Corte avala la intervención en los términos actuales, se consolidará un criterio de mayor capacidad de injerencia federal sobre puertos provinciales ante cuestionamientos financieros o de infraestructura. Si, por el contrario, limita el alcance de la medida, reforzará el principio de autonomía en la administración de recursos estratégicos locales.
El fallo no solo definirá quién controla la caja del puerto más austral del país. También establecerá un precedente sobre cómo se concilia el federalismo con la supervisión nacional en infraestructuras críticas.
En un contexto donde los puertos son nodos centrales de competitividad, comercio exterior y proyección antártica, la gobernanza no es un detalle administrativo: es una variable estratégica.
La intervención del Puerto de Ushuaia, más que un conflicto coyuntural, se ha convertido en un caso testigo para el modelo portuario argentino.






