En un paso de trascendental importancia para el puerto de Mar del Plata, se ha anunciado la promulgación de un reglamento revisado que impactará a todas las embarcaciones que ingresen a este destacado enclave costero.

La última actualización del Reglamento para la Estadía de Embarcaciones en el puerto de Mar del Plata ha sido oficialmente comunicada. Esta medida de gran relevancia, publicada en el Boletín Oficial el pasado viernes 4 de agosto, está destinada a tener un impacto sustancial en todas las embarcaciones que naveguen por las aguas portuarias.

El reglamento, cuya edición original se remonta al año 2004, ha sido sometido a un meticuloso proceso de revisión y actualización bajo la supervisión de las Gerencias Operativa y de Seguridad. El objetivo principal de esta exhaustiva revisión es garantizar la seguridad y el orden en el puerto.

De aquí en adelante, todas las embarcaciones que ingresen al puerto de Mar del Plata, así como aquellas que realicen actividades comerciales, reparaciones u otras acciones mientras permanezcan amarradas al muelle, estarán obligadas a cumplir con las nuevas disposiciones establecidas.

Uno de los aspectos más notables que introduce este reglamento actualizado es la obligación de solicitar un permiso de ingreso, denominado “Giro a Puerto”, previo a la llegada y amarre en cualquier sección de los muelles administrados por el Consorcio. 

Cabe destacar que se han considerado algunas excepciones para determinadas categorías de embarcaciones, tales como los buques deportivos de bandera nacional con una longitud máxima de 25 metros y las embarcaciones pesqueras artesanales, entre otras.

El reglamento también contempla la situación particular de los buques con una longitud inferior a 25 metros y que tienen puerto de operaciones en Mar del Plata.

Con el objetivo de agilizar el proceso, aquellos buques que anticipen una permanencia en el puerto por más de 30 días deberán solicitar el permiso de giro antes de su arribo, mientras que aquellos con estadías más breves podrán hacerlo después de haber amarrado sus embarcaciones.

Además, se ha establecido un período máximo de 180 días para que los interesados dejen de utilizar cables de acero en las calles de la jurisdicción portuaria.

El nuevo reglamento también prioriza la asignación de giros a las embarcaciones que transportan carga perecedera y toma en cuenta la categoría del buque que solicita el permiso.

De la misma manera, se imponen normas estrictas en lo que respecta al amarre de las embarcaciones en los elementos dispuestos a lo largo del muelle, advirtiendo que cualquier incumplimiento conllevará sanciones establecidas por el Consorcio.

Será responsabilidad de la Gerencia Operativa determinar la prioridad de amarre de las embarcaciones, especialmente en situaciones de carga, descarga o ensamblaje. Además, se reserva la posibilidad de implementar medidas adicionales o alternativas en casos de necesidades operativas o cuando la disponibilidad de espacio en el puerto sea limitada.