Puertos del Estado, organismo que coordina el sistema portuario estatal de España, presentó una guía nacional para el uso de UAS en el ámbito portuario.

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El documento es el primer marco de referencia común para los 46 puertos de interés general del país. Llega en un momento clave: 9 de las 28 Autoridades Portuarias españolas, el 32%, ya operan drones de forma regular. Entre todas suman una flota de 25 aeronaves, según releva la propia guía.

El trabajo fue coordinado por Puertos del Estado, con la participación de las Autoridades Portuarias. También contó con el aporte técnico de INECO, SENASA e ITG. Colaboraron además el Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible, AESA, DGAC y ENAIRE.

La guía se presentó en mayo de 2026, con un carácter divulgativo y no prescriptivo. No impone modelos únicos de implantación: ofrece criterios y ejemplos para cada Autoridad Portuaria, según su nivel de madurez operativa.

Cuatro ejes para el uso de UAS en el ámbito portuario español

La guía se estructura en once capítulos. Recorre el sistema portuario español, su marco de gobernanza y las particularidades del entorno operativo. Luego aborda el uso de UAS propiamente dicho. Desde la Cátedra Smart Ports de la Universitat Jaume I se destacó la estructura del documento en redes sociales.

La guía se ordena en cuatro ejes centrales. El primero es la optimización operativa y logística. El segundo, la gobernanza de las operaciones de terceros. El tercero, la protección frente a UAS no colaborativos. El cuarto, la evolución tecnológica hacia el espacio aéreo U-space.

En el primer eje, la guía reafirma el rol de los drones en inspección de infraestructuras, mediciones topográficas y gestión de recursos terrestres y marítimos. En el segundo, fija procedimientos para autorizar operaciones de terceros: operadores comerciales y concesionarios. El criterio es la libre competencia y la seguridad jurídica. También diferencia entre zonas UAS generales y particulares dentro de cada recinto portuario.

Categorías operacionales y el criterio EASA / No EASA en España

Uno de los aportes técnicos más relevantes es la sistematización del marco regulatorio europeo y nacional. El documento distingue las tres categorías operacionales de la normativa comunitaria: abierta, específica y certificada. Las aplica al contexto portuario según el nivel de riesgo de cada misión.

A esa clasificación se suma un criterio propio del sistema español. Distingue entre operaciones EASA y No EASA, en referencia a la Agencia de la Unión Europea para la Seguridad Aérea. Las operaciones EASA cubren actividades civiles, técnicas o comerciales.

Las No EASA están reguladas por el Real Decreto 517/2024, una norma nacional española. Quedan reservadas a funciones de interés general, como aduanas, policía o búsqueda y salvamento. Tienen un régimen jurídico propio, fuera del Reglamento Base europeo. Para las Autoridades Portuarias españolas, la guía detalla los requisitos técnicos y administrativos de cada modalidad. También describe los pasos para tramitar la zonificación UAS de cada recinto.

La amenaza de los drones no colaborativos en los puertos españoles

Un capítulo completo se dedica a los UAS no colaborativos. Son aeronaves que operan sin autorización, sin identificación válida o con fines negligentes u hostiles. La guía los define formalmente como una amenaza emergente para infraestructuras esenciales. Para enfrentarla, propone una arquitectura de protección escalonada. Se apoya en la regulación de operaciones autorizadas y en capacidades de detección: sensores de radiofrecuencia, radar de baja cota y confirmación óptica o térmica. También incluye protocolos de coordinación con las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.

El documento remarca que la neutralización activa no corresponde a la Autoridad Portuaria, sino a las fuerzas de seguridad. La eficacia del sistema depende de su integración en el Plan de Protección del Puerto. También depende de su revisión periódica mediante prácticas y simulacros.

Hacia el U-space: la hoja de ruta tecnológica en España

En su capítulo tecnológico, la guía traza una hoja de ruta hacia la integración en entornos U-space. Este es el marco europeo de gestión digital del tráfico de drones, regulado por el Reglamento de Ejecución (UE) 2021/664. En lugar de recomendar una adopción inmediata, propone un enfoque escalonado.

Primero, una plataforma UTM (Unmanned Traffic Management) adaptada a cada puerto. Después, soluciones de automatización como las estaciones drone-in-a-box. Recién cuando el volumen de operaciones lo justifique, sugiere avanzar hacia servicios U-space plenos.

El texto dedica además un apartado extenso a la gobernanza del dato. Cada vuelo genera imágenes, modelos 3D y ortofotografías. La guía aborda las implicancias en materia de protección de datos personales y ciberseguridad, en línea con el RGPD y la normativa española vigente.

Adopción de UAS en los puertos españoles: los números clave

Según el relevamiento incluido en la guía, Puertos del Estado realizó la consulta en junio de 2025. El uso operativo de drones en el sistema portuario español se encuentra en una fase inicial, pero con avances concretos:

La homogeneidad tecnológica y el bajo número de operaciones simultáneas son reveladores. Pese al avance regulatorio, el sistema portuario español recién comienza a construir la escala operativa necesaria. El próximo paso es dar el salto hacia modelos de gestión aérea más automatizados.

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