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La Agencia Nacional de Puertos y Navegación (ANPYN) resolvió rechazar el reclamo presentado por la empresa Rohde Nielsen A/S Sucursal Argentina contra la Disposición 34/2024 y los pliegos de la Licitación Pública Nacional e Internacional N.º 1/2024 para la gestión y mantenimiento de la Vía Navegable Troncal, VNT. La decisión, oficializada mediante la Resolución 5/2025 fue publicada el 18 de febrero en el Boletín Oficial.
Los argumentos del reclamo
El 10 de diciembre de 2024, Rohde Nielsen presentó una impugnación solicitando la nulidad de la disposición y los pliegos de la licitación de la VNT, argumentando que el sistema de puntaje establecido en la evaluación de ofertas favorecía a la empresa actualmente encargada del dragado de la Vía Navegable Troncal y restringía la competencia. Según la empresa, los criterios de selección no garantizaban igualdad de oportunidades entre los oferentes y podrían direccionar el proceso en favor del concesionario actual.
La respuesta oficial
La ANPYN, organismo sucesor de la Subsecretaría de Puertos y Vías Navegables según el Decreto 3/2025, respondió a los cuestionamientos mediante el Informe IF-2025-12344044-APN-ANPYN#MEC.
En dicho informe, la agencia defendió la estructura del proceso licitatorio, asegurando que los pliegos fueron diseñados conforme a los principios de transparencia, eficiencia económica y competencia. Aunque la licitación programada para el 12 de febrero finalizó con la anulación de la misma debido al llamado solo se presentó un oferente.
De acuerdo con el análisis de la ANPYN, la metodología de puntaje utilizada es equitativa y permite la selección de un concesionario con la capacidad técnica y operativa necesaria para administrar la Vía Navegable Troncal, VNT. Asimismo, la agencia afirmó que la licitación busca fomentar la participación de múltiples actores y garantizar la sostenibilidad del sistema de navegación.
Con la resolución adoptada, la ANPYN desestimó el reclamo de Rohde Nielsen y se confirmó que el procedimiento administrativo ha sido agotado, por lo que la empresa reclamante, por lo que solo podrá acudir a la vía judicial si decide continuar su impugnación.
La resolución de la ANPYN tiene implicaciones importantes para el futuro de la Vía Navegable Troncal. Por un lado, la decisión refuerza la postura oficial de que la licitación se desarrolla dentro de los marcos normativos y con criterios técnicos adecuados. Por otro, abre la interrogante si en la nueva licitación se modificarán las condiciones de los pliegos.
El desenlace de esta disputa determinarán el impacto real de esta licitación en la modernización y operatividad de la hidrovía, un eje estratégico para la economía argentina y el transporte de cargas. En este contexto, y después de que se anulara el primer llamado con solo una oferta, la atención sigue puesta en la participación de empresas nacionales e internacionales y en la implementación de un esquema que garantice eficiencia, costos competitivos y seguridad en la navegación.
* Fotografía: Rohde Nielsen






