Por GlobalPorts

El Consorcio de Gestión de Puerto Quequén dispuso que toda embarcación que amarre, opere o permanezca dentro de su jurisdicción deberá contar obligatoriamente con un sereno durante su estadía en muelle.

La medida, firmada por el presidente interino del organismo, Mariano Carrillo, establece que la responsabilidad de esta contratación recaerá en las agencias marítimas, armadores o representantes legales de los buques.

La decisión no se limita a una cuestión operativa puntual, sino que se inscribe en el marco de los criterios que cada jurisdicción portuaria viene adoptando en torno a los estándares de vigilancia y control dentro de los recintos portuarios.

El sereno tendrá a su cargo la vigilancia general de los buques amarrados y de las cargas o mercaderías depositadas en muelles, riberas y plazoletas, debiendo además responder de manera inmediata a los requerimientos que se le formulen desde el Área de Protección Portuaria del Consorcio y desde la Prefectura Naval Argentina.

La norma también faculta al ente administrador a exigir en cualquier momento la acreditación de la contratación, realizar verificaciones presenciales y aplicar sanciones ante incumplimientos.

Desde el Consorcio señalan que la medida se vincula con la necesidad de fortalecer los mecanismos de prevención ante incidentes, mejorar la capacidad de respuesta frente a contingencias y acompañar el incremento sostenido de la actividad operativa en el puerto.

Enmarcada en el contexto normativo vigente, la disposición adquiere relevancia tras los cambios introducidos en 2025 por el Gobierno nacional en el régimen que regulaba la figura del sereno de buque, que dejaron su contratación como una decisión optativa para armadores y agencias.

A partir de ese escenario, distintos ámbitos provinciales comenzaron a sostener la importancia de la presencia física del sereno como parte de un esquema de vigilancia que complementa los dispositivos tecnológicos y perimetrales.

En esa línea, el Ministerio de Trabajo bonaerense emitió dictámenes donde considera que la tarea del sereno constituye una función relevante dentro de la seguridad operativa portuaria y recomendó a los entes administradores provinciales establecer su obligatoriedad dentro de sus respectivas jurisdicciones.

En este contexto, la medida adoptada por Puerto Quequén refuerza el enfoque preventivo en materia de seguridad en muelle y ordena operativamente la responsabilidad sobre la vigilancia presencial de buques y cargas durante su permanencia en puerto.

La figura del sereno, históricamente asociada a la operatoria portuaria argentina, vuelve así a adquirir centralidad dentro de los esquemas de control operativo, vinculada a la prevención de incidentes, la protección de las mercaderías y el fortalecimiento de las condiciones de seguridad en el ámbito portuario.

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