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El inicio de 2026 marca un punto de inflexión en materia de seguridad de la navegación, gestión operativa y cumplimiento normativo para el transporte marítimo internacional y su implementación a nivel local.
A partir del 1° de enero entran en vigencia una serie de enmiendas y disposiciones impulsadas por la Organización Marítima Internacional (OMI) y adoptadas o reglamentadas por la Prefectura Naval Argentina (PNA), con impacto directo sobre buques, armadores, operadores portuarios, agentes marítimos y cadenas logísticas.
Se trata de cambios que no solo refuerzan los estándares de seguridad y protección ambiental, sino que también exigen ajustes operativos, documentales y tecnológicos, en un contexto de mayor fiscalización y trazabilidad de las operaciones marítimas.
Reporte obligatorio de pérdida de contenedores
Entre las novedades más relevantes a nivel internacional, la OMI estableció como obligatorio el reporte de la pérdida de contenedores en el mar, así como la notificación de contenedores observados a la deriva.
La medida se enmarca en enmiendas al Convenio SOLAS y refuerza la gestión del riesgo para la seguridad de la navegación y la protección del medio marino.
El nuevo esquema obliga a los capitanes y armadores a informar de manera inmediata y detallada los incidentes, incluyendo la localización, cantidad de unidades y, especialmente, si se trata de contenedores con mercancías peligrosas o sustancias nocivas. El objetivo es mejorar la respuesta ante emergencias, reducir riesgos para otros buques y fortalecer los sistemas de monitoreo.
Nuevos requisitos tecnológicos a bordo
Otra modificación relevante es la incorporación de requisitos adicionales de instrumentación en buques nuevos, particularmente portacontenedores y graneleros de determinados tamaños.
A partir de 2026, estas unidades deberán contar con inclinómetros electrónicos u otros sistemas equivalentes que permitan monitorear los movimientos del buque y asistir en la toma de decisiones operativas.
La medida responde a la preocupación internacional por los incidentes vinculados al rolido excesivo y la pérdida de carga, y se articula con mejores prácticas de planificación de viaje, estiba y operación en condiciones meteorológicas adversas.
Mayor exigencia sobre equipos de izado y maniobras offshore
Las enmiendas que entran en vigor también refuerzan los requisitos de seguridad para equipos de izado, aparejos y sistemas utilizados en maniobras con anclas, especialmente en operaciones offshore.
A partir de este año, se exige una identificación más estricta de los equipos, certificaciones claras de carga segura de trabajo (SWL), ensayos periódicos y evidencia documental disponible para inspección.
Este punto tiene especial impacto en actividades vinculadas al soporte offshore, remolque y operaciones complejas, donde la condición del equipamiento es crítica para la seguridad de las tripulaciones y de las instalaciones.
Espumas contra incendio: eliminación de PFOS
En línea con los compromisos ambientales internacionales, desde 2026 queda prohibido el uso de espumas contra incendio que contengan PFOS en buques alcanzados por el Convenio SOLAS.
La disposición obliga a los armadores a reemplazar agentes extintores, revisar inventarios y adecuar sistemas de lucha contra incendios, bajo la supervisión de las autoridades de control.
Cambios clave implementados por Prefectura Naval Argentina
A nivel local, la Prefectura Naval Argentina confirmó la entrada en vigencia obligatoria de la Enmienda 42/24 del Código IMDG a partir del 1° de enero de 2026.
Esta actualización impacta directamente en la clasificación, documentación, embalaje, estiba y segregación de mercancías peligrosas, tanto a bordo como en terminales y depósitos.
Asimismo, en el marco de la implementación del REGINAVE y de un nuevo esquema de control, la PNA dejó sin efecto el Certificado Nacional de Prevención de la Contaminación por Basuras, que fue reemplazado por una Declaración de Cumplimiento.
El cambio modifica el enfoque documental y traslada mayores responsabilidades a los operadores, en un contexto de fiscalización basada en el cumplimiento efectivo de los planes de gestión ambiental.
Un año de adaptación operativa
El conjunto de normas que entra en vigor en 2026 consolida una tendencia clara: más control, mayor responsabilidad operativa y trazabilidad, tanto en seguridad de la navegación como en protección ambiental.
Para el sector marítimo y portuario, el desafío pasa por anticipar los ajustes, capacitar al personal y revisar procedimientos internos, evitando impactos operativos y sanciones.
En un escenario de creciente exigencia regulatoria, la adecuación temprana a estos cambios se vuelve un factor clave de competitividad y confiabilidad dentro del comercio marítimo internacional.






