La actual Ley de Cabotaje Nacional de Argentina, establecida en 1944 y ratificada por la Ley Nº 27.419, está en el centro de un debate creciente. La ley, que regula el transporte de mercancías por agua dentro del territorio argentino, establece que solo buques argentinos o aquellos con tratamiento de bandera nacional pueden operar en el comercio marítimo y fluvial de cabotaje y tráfico regional. Sin embargo, recientes rumores sobre posibles cambios en esta legislación han generado preocupación tanto en la Federación Sindical Marítima y Fluvial de la República Argentina (Fe.Si.Ma.F.) como en la Cámara Naviera Argentina.

La Fe.Si.Ma.F., en una reunión con representantes empresariales, expresó su alarma ante la posibilidad de que el gobierno nacional esté considerando derogar o modificar esta ley como parte de una serie de medidas desregulatorias. La Federación subraya que cualquier cambio en la ley podría tener consecuencias negativas para los trabajadores y empresas del sector marítimo y fluvial argentino.

Por su parte, la Cámara Naviera Argentina, representada por su presidente Jorge J. Álvarez, ha enviado comunicaciones al Ministro de Infraestructura de la Nación y otros altos funcionarios, manifestando su inquietud por los mismos rumores. La Cámara advierte que derogar la Ley de Cabotaje Nacional podría resultar en la desaparición de las empresas argentinas de transporte por agua, la pérdida de empleos y la dependencia del comercio marítimo nacional en navieras extranjeras. Aunque apoyan la desregulación para mejorar la competitividad, se oponen firmemente a la posibilidad de una competencia desleal por parte de barcos extranjeros que no estén sujetos a las regulaciones argentinas.

“La Cámara Naviera Argentina apoya la política de desregulación y eliminación de todos los obstáculos que han llevado al país y a nuestra actividad en especial a esta situación de crisis, pero reitera su firme posición de defensa de leyes como las que nos ocupa, que rigen nuestro quehacer y que establecen su marco legítimo. Creemos que pueden existir medidas intermedias que ya se han experimentado en otros países, así como otras que rigieron en Argentina en la industria de servicios aéreos o inclusive en la industria marítima en la década del 90, que actualizadas podrían ser útiles a los objetivos perseguidos por el Gobierno Nacional, los usuarios, las terminales portuarias y también el sector armatorial.” dijo Álvarez en la carta.