Por GlobalPorts
El Acuerdo de Ciudad del Cabo 2027 ya tiene fecha definitiva de entrada en vigor. La adhesión de Argentina permitió que el tratado impulsado por la Organización Marítima Internacional (OMI) cumpla los requisitos necesarios para activarse formalmente en febrero de 2027, cerrando una brecha histórica en el sistema mundial de seguridad de los buques pesqueros.
El instrumento establece normas obligatorias para buques pesqueros de 24 metros de eslora o más —un universo que, según la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura (FAO), supera las 45.000 embarcaciones— que hasta ahora carecían de un marco global jurídicamente exigible.

Acuerdo de Ciudad del Cabo 2027: el rol decisivo de Argentina
En la reunión celebrada en la sede de la OMI en Londres, la Argentina estuvo representada por la embajadora ante el Reino Unido, Mariana Plaza, quien presentó formalmente el instrumento de adhesión ante el Secretario General Arsenio Domínguez. Del encuentro participó además el Prefecto Mayor Gabriel Alejandro Almada, asesor técnico e integrante de la Representación Permanente Argentina ante la OMI, reforzando el carácter institucional y técnico de la decisión.
Si bien ya se había alcanzado el número requerido de Estados Parte, restaba superar el umbral de 3.600 buques pesqueros declarados para activar la cuenta regresiva hacia la entrada en vigor. Esa condición quedó satisfecha con la incorporación de los buques argentinos informados junto al instrumento de adhesión.
Con la adhesión argentina, el Acuerdo de Ciudad del Cabo 2027 alcanzó las condiciones técnicas necesarias para su entrada en vigor dentro de 12 meses.
Desde la OMI, su Secretario General, Arsenio Domínguez, destacó el alcance humano del tratado: “Miles de pescadores pierden la vida cada año mientras trabajan para satisfacer la creciente demanda mundial de pescado y productos pesqueros. El Acuerdo de Ciudad del Cabo de 2012 contribuirá a proteger a las tripulaciones pesqueras al tiempo que salvaguardará los buques”.
En términos políticos y sectoriales, Argentina queda posicionada como uno de los Estados cuya adhesión permitió destrabar definitivamente la entrada en vigor del tratado.
Qué establece el Acuerdo de Ciudad del Cabo 2027
El acuerdo fortalece las facultades de control de los Estados del pabellón, de los Estados rectores del puerto y de los Estados ribereños, en línea con los principios establecidos en la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar (CONVEMAR).
Una vez vigente, los Estados Parte deberán incorporar las disposiciones del acuerdo a su legislación nacional y aplicarlas como cualquier otra norma interna.
El Acuerdo de Ciudad del Cabo 2027 fija estándares técnicos en materia de:
- Diseño y construcción de buques pesqueros
- Estabilidad y navegabilidad
- Maquinaria e instalaciones eléctricas
- Equipos de comunicaciones
- Protección contra incendios
- Dispositivos de salvamento
- Inspección y certificación periódica
Los Estados de pabellón deberán garantizar que los buques registrados cumplan con los requisitos, mientras que los Estados rectores del puerto podrán inspeccionar embarcaciones extranjeras para verificar el cumplimiento.
En la práctica, se estandarizan condiciones mínimas de seguridad para una flota que históricamente registra índices de siniestralidad superiores a otros segmentos del transporte marítimo.
Impacto del Acuerdo de Ciudad del Cabo 2027 en competitividad y ambiente
El tratado no solo apunta a reducir accidentes. El Acuerdo de Ciudad del Cabo 2027 también tiene implicancias estratégicas en tres dimensiones:
- Condiciones laborales: complementa el Convenio de la OIT sobre trabajo en la pesca (2007), reforzando estándares mínimos a bordo.
- Competitividad internacional: homogeneiza requisitos técnicos, reduciendo asimetrías regulatorias.
- Protección ambiental: contribuirá a disminuir la contaminación marina, particularmente por artes de pesca abandonadas o perdidas.
De este modo, el acuerdo se consolida como el cuarto pilar de la arquitectura internacional de seguridad pesquera, junto con los instrumentos vigentes de la OMI, la OIT y la FAO en materia de pesca INDNR.
De Torremolinos a 2027: un proceso de casi cinco décadas
El Acuerdo de Ciudad del Cabo 2027 es la culminación de un proceso iniciado en 1977 con el Convenio de Torremolinos para la seguridad de los buques pesqueros, que nunca logró entrar en vigor, al igual que su Protocolo de 1993.
Que el tratado finalmente se active en 2027 —casi quince años después de su adopción en 2012— evidencia la complejidad política y técnica de establecer estándares obligatorios en un sector altamente heterogéneo.
Dimensión estratégica para la flota argentina
Para la flota pesquera argentina —una de las más relevantes del Atlántico Sur— el Acuerdo de Ciudad del Cabo 2027implicará adecuaciones normativas, mayores exigencias de inspección y una integración más profunda en el esquema internacional de seguridad marítima.
En un contexto regional marcado por la presión sobre los recursos pesqueros y la actividad en el límite de la Zona Económica Exclusiva, la adhesión fortalece la credibilidad del país en materia de gobernanza marítima.
Sin embargo, la verdadera prueba comenzará ahora: la implementación efectiva, la capacidad inspectiva y la adaptación técnica de la flota serán determinantes para que el tratado no quede solo en el plano diplomático. El marco normativo ya está definido. A partir de 2027, la seguridad será una obligación verificable.






