La posibilidad de que todo el arco político local apoye una presentación ante autoridades nacionales y provinciales para que Puerto Quequén pueda tener su Zona Franca es una idea que surgió del bloque Necochea Federal y que ya fue presentada ante el Honorable Concejo Deliberante para su tratamiento.

Recientemente el diputado Martín Domínguez Yelpo presentó en la Cámara de Diputados bonaerense un proyecto que refuerza el pedido de una Zona franca para Puerto Quequén, la cual, al reducir la carga impositiva, posibilitaría la radicación de más empresas e industrias y la consecuente generación de empleo en Necochea.

El bloque de Necochea Federal que componen Alejandro Issin y Maximiliano Delfino presentó en el Concejo Deliberante una propuesta para solicitar que se instale una zona franca en Puerto Quequén. Esto, según señalaron los concejales  permitiría la radicación de más empresas e industrias y la consecuente generación de empleo en nuestra ciudad. 

Issin explicó que “una zona franca es un sector geográfico legalmente determinado donde todas las mercaderías que se ingresan desde el exterior y, luego de industrializadas se vuelven a exportar, no reciben la carga impositiva o los gravámenes que impone la legislación nacional. Es como una zona libre de impuestos”. 

Las zonas francas existen en todo el mundo y en nuestra Provincia, encontramos zonas francas en los puertos de Bahía Blanca y La Plata. “El principal objetivo de una zona franca es que impulsa el comercio y la actividad industrial de tipo exportadora, sobre todo con desarrollo de actividades como el almacenaje o la comercialización, tanto de servicios como también de productos industriales, y luego la exportación”, concluyó.

Qué es una Zona Franca

• Son “espacios en los cuales la mercadería no es sometida al control habitual del servicio aduanero”, según indica la AFIP. Allí la importación y la exportación no están gravadas ni alcanzadas por prohibiciones: lo que se busca es fomentar el comercio y la industria exportadora, mediante la simplificación de procesos y el otorgamiento de incentivos fiscales.

• Están ubicadas en áreas puntuales que lo requieran por ser fronterizas o por su situación económica. Su establecimiento se conviene entre el Ejecutivo nacional y los gobiernos provinciales.

• La ley que regula estas zonas es la 24.331. La norma se aprobó en 1994 y desde entonces fue modificada en cuatro ocasiones, pero sólo en uno de sus artículos: el 44°, que estipula el plazo de caducidad del derecho al establecimiento de zonas francas en cada provincia. Además, hay una Resolución General que estipula su funcionamiento, la 270/98; y el instrumento se encuentra definido en el Código Aduanero, a partir del artículo 590.

• Se pueden desarrollar allí actividades de almacenamiento, comercialización e industrialización de la mercadería. Para fomentar este último aspecto, darle valor agregado a las mercaderías, las industrias radicadas en estas áreas estarán exentas de impuestos nacionales que gravan los servicios básicos.

• En las zonas francas se podrá trabajar con toda clase de mercadería: sólo quedan exceptuadas de los permisos las “armas, municiones y otras especies que atenten contra la moral, la salud, la sanidad vegetal y animal, la seguridad y la preservación del medio ambiente”.

• La explotación puede ser de carácter privado o mixto y debe ser ofrecida por licitación pública, nacional o internacional. Todas las obras serán realizadas por el concesionario.