GlobalPorts | Vías Navegables

La Agencia Nacional de Puertos y Navegación (ANPyN) difundió el borrador actualizado del pliego de bases y condiciones para la futura concesión de la Vía Navegable Troncal (VNT). GlobalPorts accedió al documento, que actualiza la estructura contractual para las obras de dragado, redragado, señalización y mantenimiento de la traza comprendida entre Confluencia y la Zona de Aguas Profundas Naturales en el Río de la Plata.

El borrador establece un contrato de 25 años, con posibilidad de prórroga de hasta el 20% del plazo original. Se mantiene el régimen de concesión de obra pública “con peaje a riesgo empresario y sin aval del Estado”, bajo un procedimiento nacional e internacional en múltiples etapas.


Actualización de requisitos económicos y financieros

El nuevo texto mantiene los umbrales mínimos de participación ya presentes en la licitación anterior —Patrimonio Neto ≥ US$ 300 millones y Facturación ≥ US$ 450 millones— pero modifica la forma de acreditarlos. Mientras el pliego de 2024 requería el último ejercicio fiscal para verificar esos valores, el borrador 2025 solicita estados contables de los últimos tres ejercicios, incorporando un análisis de solvencia, liquidez y endeudamiento, calculado como promedio simple de los tres períodos.

En cuanto a la actividad específica, el nuevo borrador incorpora factores asociados a la facturación y rentabilidad sectorial vinculada al dragado, que no estaban desagregados en el pliego de 2024. El texto actual exige un EBT promedio sectorial mínimo y detalla el procedimiento de conversión contable a dólares para todos los estados no emitidos en US$.


Requisitos técnicos: reorganización y mayor precisión en los antecedentes

En el capítulo técnico, la diferencia principal está en la estructura y método de acreditación.

El pliego de 2024 ordenaba los antecedentes bajo categorías específicas como:

  • volúmenes totales dragados,
  • volúmenes mensuales máximos,
  • dragado en vías similares,
  • obras significativas con volúmenes ≥15 millones m³ en un año,
    entre otros.

El borrador 2025 reorganiza esos requisitos en un esquema denominado “Antecedentes Técnicos Mínimos”, que exige:

  • obras de dragado en puertos y canales desde 2016,
  • volúmenes acreditados superiores a 1 millón de m³,
  • experiencia documentada en balizamiento,
  • certificación de equipos propios mediante documentación estatutaria (registros, clase, seguros y dotación), según se indica también en el pliego previo (), pero ahora integrados como requisitos mínimos.

El nuevo pliego también aclara que no se admitirán antecedentes nuevos en el Sobre Nº 2 que contradigan lo declarado en el Sobre Nº 1, reforzando la trazabilidad documental.


Estructura de evaluación técnica y económica

La evaluación continúa combinando un máximo de 80 puntos técnicos y 120 puntos económicos, pero el borrador detalla nuevamente las fórmulas para cada etapa, con bandas tarifarias específicas:

  • Etapa 0: valores límite entre 3,99 y 4,39, con puntaje máximo de 9,60 puntos
  • Etapa 1: valores límite entre 4,84 y 5,24, puntaje máximo 14,40
  • Etapa 2: valores límite entre 5,84 y 6,24, puntaje máximo 96 ()

El esquema coincide en su arquitectura general con el pliego de 2024, que también distribuía el puntaje total en 200 puntos, pero las bandas y valores de referencia han sido ajustados en el nuevo documento.


Plan Económico-Financiero: cambios en documentación y verificaciones

El pliego de 2024 requería un plan económico-financiero con un modelo de concesión y una nota de compromiso de financiamiento.

El borrador 2025 mantiene esos elementos pero agrega:

  • obligación de detallar estructura de egresos discriminada entre gastos gestionales y no gestionales,
  • presentación de flujos de tesorería,
  • estimación de ingresos futuros mediante fórmula explícita de valor presente (VP),
  • verificación de TIR razonable del proyecto.

Todos estos elementos aparecen desarrollados con mayor nivel de desagregación respecto del pliego previo.


Marco institucional y atribuciones de control

El pliego 2024 ubicaba la competencia en la entonces Subsecretaría de Puertos y Vías Navegables. El borrador actual actualiza este marco e integra la estructura normativa posterior a la creación de la ANPyN, incorporando disposiciones del Decreto 709/24 y revisiones del contrato vigente, lo que redefine las funciones de control y supervisión.

También te puede interesar leer:

[rev_slider alias="web-product-light-hero-3d1"][/rev_slider]