El Convenio SNP de 2010 entrará en vigor el 29 de noviembre de 2027. Se trata del primer régimen internacional de responsabilidad e indemnización específico para daños causados por sustancias nocivas y potencialmente peligrosas transportadas por mar. La OMI confirmó que las condiciones reglamentarias para su activación se cumplieron el 29 de mayo de 2026.

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El anuncio marca un hito en la regulación marítima global. El Secretario General de la OMI, Arsenio Domínguez, subrayó que el tratado «colma una importante laguna» en el sistema internacional de compensación. Según el funcionario, el convenio garantizará acceso a indemnización justa para las personas afectadas por incidentes con cargas peligrosas, y dará seguridad jurídica al sector y los gobiernos.

Qué condiciones debían cumplirse

La entrada en vigor del Protocolo SNP de 2010 requería al menos 12 Estados ratificantes. Cuatro de ellos debían contar con un mínimo de dos millones de unidades de arqueo bruto cada uno. Además, la carga sujeta a contribución de esos países debía superar las 40 millones de toneladas en el año civil anterior.

Alemania, Bélgica, el Reino de los Países Bajos y Suecia ratificaron el protocolo en abril de 2026. Con esas adhesiones, los Estados Contratantes llegaron a 12. Los informes de carga confirmaron que el volumen requerido fue alcanzado durante 2025.

Los 12 Estados Contratantes son: Alemania, Bélgica, Canadá, Dinamarca, Eslovaquia, Estonia, Francia, Noruega, Reino de los Países Bajos, Sudáfrica, Suecia y Türkiye.

Qué cubre el Convenio SNP

El tratado amplía la protección existente en materia de contaminación por hidrocarburos y naufragios. Ahora abarca más de 2.000 sustancias peligrosas, entre ellas productos químicos, ácidos, fertilizantes, alcoholes, GNL y GLP.

El convenio cubre muerte, lesiones corporales, daños materiales, pérdidas económicas, costos de limpieza y daño ambiental. Aplica a incidentes ocurridos durante el transporte marítimo de esas sustancias.

Responsabilidad objetiva y Fondo SNP

Bajo este régimen, los propietarios de buques tienen responsabilidad objetiva. Están obligados a contratar un seguro certificado por el Estado u otra garantía financiera equivalente. Se estima que unos 65.000 buques necesitarán ese certificado.

Para los casos en que la responsabilidad del armador resulte insuficiente, el convenio establece un Fondo SNP. Este fondo se financiará con contribuciones de los destinatarios de cargas peligrosas en los Estados Contratantes. El mecanismo aplica el principio «quien contamina, paga».

La indemnización total tiene un límite máximo de 250 millones de Derechos Especiales de Giro del FMI. Al tipo de cambio actual, eso equivale a aproximadamente 360 millones de dólares por suceso.

Contexto y relevancia para el sector

El Convenio SNP de 2010 entrará en vigor en un momento en que el transporte marítimo de químicos y combustibles alternativos crece sostenidamente. El vacío legal que existía dejaba a las víctimas de incidentes con sustancias peligrosas sin un mecanismo claro de compensación.

Con su activación, el régimen global de responsabilidad marítima queda más completo. Los puertos, operadores logísticos y armadores que manejan cargas SNP deberán adaptar sus coberturas de seguro y procedimientos operativos antes de noviembre de 2027.

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