La Procuraduría de Investigaciones Administrativas, PIA, presentó un dictamen formal en el marco de la Licitación Pública N° 1/2025. El organismo señaló ocho puntos que, a su criterio, constituyen irregularidades en los pliegos aprobados por la ANPyN. Las conclusiones fueron remitidas a la Fiscalía Federal N° 9.

GlobalPorts | Vías Navegables

La Procuraduría de Investigaciones Administrativas (PIA) emitió un dictamen sobre la licitación Vía Navegable Troncal. El documento se enmarca en la Licitación Pública Nacional e Internacional N° 1/2025. El proceso está en curso para la modernización y mantenimiento de la VNT.

El organismo identificó observaciones críticas sobre los pliegos aprobados por la ANPyN. Según la PIA, varias de estas fallas ya habían sido advertidas en procesos anteriores. La propia administración había dejado sin efecto esas licitaciones.

El dictamen fue presentado ante la Fiscalía Federal N° 9. El expediente es el CFP 478/25, radicado en el Juzgado Federal N° 7 de Buenos Aires. El organismo advirtió que las observaciones podrían derivar en consecuencias penales.


Una fórmula que, según la PIA, anularía la competencia por precio

Una de las observaciones centrales apunta al diseño de la fórmula de evaluación de ofertas. Según la PIA, el sistema de Puntaje Global de la Oferta (PGO) vuelve a ponderar el componente técnico en la etapa final. El organismo consideró que esto desnaturaliza el propósito de una licitación de etapas múltiples. A su criterio, la fase técnica debería operar como filtro de admisibilidad. Una vez superado ese umbral, la adjudicación debería resolverse por precio.

Además, el dictamen advierte que la discrecionalidad técnica se agrava por el diseño matemático de la fórmula de evaluación económica:  «La extrema sensibilidad del sistema ante variaciones tarifarias mínimas convierte a la competencia por precio en un ejercicio ficticio.» En la práctica, para la PIA esto anularía la puja económica porque el peso de la adjudicación recaería así casi exclusivamente en la evaluación técnica.

La PIA señaló además que el pliego carece de parámetros objetivos para calificar varios aspectos técnicos. Esto otorgaría a la Comisión Evaluadora un margen de discrecionalidad excesivo. Según el organismo, esta combinación generaría las condiciones para un potencial direccionamiento del resultado.


Las observaciones que se reiteran

La PIA indicó que varias fallas ya habían motivado el abandono de licitaciones anteriores. El organismo señaló que la ANPyN no las corrigió. Respecto a la cesión del contrato, la PIA consideró que la cláusula permitiría transferir la concesión a un tercero que no cumplía los requisitos originales. A criterio del organismo, esto vulnera el principio de igualdad entre oferentes.

En cuanto a la cláusula anticorrupción, la PIA advirtió que su redacción habilitaría compensaciones económicas al concesionario tras verificarse una práctica corrupta. El organismo lo calificó de irrazonable e incompatible con las obligaciones internacionales del Estado.

La restricción a las Uniones Transitorias de Empresas (UTE) fue mantenida sin justificación legal ni fáctica. La PIA la calificó como contraria a las recomendaciones de la UNCTAD y lesiva del principio de concurrencia.

El régimen de impugnaciones también fue observado. Según el dictamen, impedir que un oferente descartado en una etapa cuestione las siguientes vulnera su derecho a un procedimiento regular e igualitario.

Deuda sin respaldo y ausencia de evaluación ambiental

El dictamen observó la inclusión de deudas pendientes con acreedores actuales de la VNT. La PIA señaló que no se identificó su origen ni los criterios de determinación. El organismo consideró que esto viola el principio de razonabilidad de la actuación estatal.

Otra observación reiterada es la ausencia de una Evaluación de Impacto Ambiental. La PIA fue explícita: esta omisión no puede suplirse con informes de gestión ambiental. A su criterio, la Declaración de Impacto Ambiental de la Subsecretaría de Ambiente es un requisito previo al proyecto.

Por último, la PIA evaluó que la intervención del servicio jurídico de la ANPyN fue meramente formal. El organismo consideró que el área evitó pronunciarse sobre las cuestiones legales relevantes del proceso.

Un proceso bajo presión institucional y judicial

El dictamen llega en un momento delicado. La apertura de los sobres económicos estaba prevista para el 19 de mayo. Los dos grupos en carrera son Jan De Nul-Servimagnus y DEME. La derivación a la Fiscalía Federal introduce una variable judicial que podría interferir con los plazos.

El historial del proceso aporta contexto. Más de una licitación anterior fue dejada sin efecto por observaciones similares a las que hoy plantea la PIA. Para los usuarios de la hidrovía, la incertidumbre sobre el futuro de la concesión se extiende. Por esa vía transita el grueso del comercio exterior fluvial de Argentina, Uruguay, Paraguay y Bolivia.

[rev_slider alias="web-product-light-hero-3d1"][/rev_slider]